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Patrimonialidad y Personalidad de la Imagen
BOSCH CASA EDITORIAL, S.A.
2008
978-84-9790-372-1
200
Rústica
Castellano
VARIAS

Patrimonialidad y Personalidad de la Imagen

El Derecho a la Propia Imagen

Blasco Gasco,Francisco de P.

2/5 - 1
(1 valoración)
31,20 € 29,64 €
IVA incluido

La sociedad actual es la sociedad de la información, pero también es la sociedad de la imagen. Por ello, la imagen, el derecho a la imagen, se consagra como un derecho fundamental de las personas. Pero más allá de su configuración constitucional, cada día más, la imagen de la persona o de determinadas personas tiene un valor concreto en el mercado, por ello su captación no provoca sólo un daño moral, sino también material, el cual debe indemnizarse cuando dicha captación se configura como una intromisión ilegítima. En este libro, el prof. Blasco Gascó estudia precisamente esta doble protección del derecho a la imagen: su manifestación como derecho fundamental y su revelación como derecho de contenido puramente económico, cuya vulneración se debe indemnizar. Y es en este aspecto puramente económico donde incide la obra para determinar qué se entiende por intromisión ilegítima, cuáles son las excepciones a dicho carácter ilegítimo de la intrusión o qué efectos produce la revocación del consentimiento previame








La sociedad actual es la sociedad de la información, pero también es la sociedad de la imagen. Por ello, la imagen, el derecho a la imagen, se consagra como un derecho fundamental de las personas. Pero más allá de su configuración constitucional, cada día más, la imagen de la persona o de determinadas personas tiene un valor concreto en el mercado, por ello su captación no provoca sólo un daño moral, sino también material, el cual debe indemnizarse cuando dicha captación se configura como una intromisión ilegítima. En este libro, el prof. Blasco Gascó estudia precisamente esta doble protección del derecho a la imagen: su manifestación como derecho fundamental y su revelación como derecho de contenido puramente económico, cuya vulneración se debe indemnizar. Y es en este aspecto puramente económico donde incide la obra para determinar qué se entiende por intromisión ilegítima, cuáles son las excepciones a dicho carácter ilegítimo de la intrusión o qué efectos produce la revocación del consentimiento previamente prestado.

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