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de CORNEJO REIZÁBAL,JAVIER
de CORNEJO REIZÁBAL,JAVIER
Desde el 1 de julio de 2009, todos los consumidores españoles de energía eléctrica, independientemente de la finalidad a la que destinen el consumo, la tensión a la que reciban el suministro o el lugar en el que se encuentren, están en mercado libre.
Esto quiere decir que tienen la posibilidad de elegir suministrador, pactando con él los precios y condiciones en los que se prestará el servicio.
Sin embargo, los clientes de Baja Tensión con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, tienen derecho al Suministro de Último Recurso (SUR) lo que les permite contratar la Tarifa de Último Recurso (TUR) a un precio fijado por el Gobierno.
En consecuencia, los clientes de Alta Tensión y los de Baja Tensión con más de 10 kW de potencia contratada, tienen que contratar obligatoriamente en el mercado libre, bien sea con una comercializadora o adquiriendo la energía directamente en el mercado y contratando la tarifa de acceso, mientras que los clientes de Baja Tensión con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW pueden elegir entre dos posibles formas de contratar la energía eléctrica:
La Tarifa de Último Recurso con un Comercializador de Último Recurso.
En mercado libre como el resto de consumidores.
Por lo tanto, además del precio de la energía y de otros servicios relacionados que tienen un precio libre si se contratan en mercado, hay dos conceptos que siguen siendo fijados por el Gobierno: la Tarifa de Último Recurso para los clientes que puedan acogerse a ella y las Tarifas de acceso para todos los clientes.